Si has dado positivo en Covid y debes suspender un viaje puedes reclamar la devolución de tu dinero en la misma forma en que se realizó el pago.
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El pueblo soberano debe estar muy agradecido a las Administraciones Públicas por la preocupación que muestran hacia el prójimo, al venir otorgando subvenciones económicas a quienes pasen por situaciones difíciles o deseen emprender una vida nueva, para la que les falten los medios suficientes de todo tipo: creación de empresas, atención especial a regiones en decadencia, ejecución de proyectos, adopción de comportamientos singulares y muchas otras circunstancias dignas de ser protegidas
Tras el reciente Real Decreto-Ley de 8 de noviembre de 2021, que trata de subsanar la inconstitucionalidad declarada por el Tribunal Constitucional en materia de Plusvalía Municipal, nos encontramos ante un panorama de incertidumbre.
En este artículo intentaremos proporcionar alguna herramienta para lidiar con la consecuente inseguridad jurídica que provoca.
El Tribunal Constitucional en una Sentencia reciente, que todavía no ha sido publicada, ha declarado inconstitucionales y por tanto nulos de pleno derecho varios artículos del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referentes al cálculo de la base imponible de la denominada Plusvalía Municipal. ¿Qué consecuencias tiene esta declaración de nulidad?
La A.E.A.T. también obliga a tributar en España por el I.R.P.F. a los llamados “trabajadores expatriados” cuando son desplazados al extranjero durante más de 183 días, si lo son en sucesivos períodos no superiores a tres meses, entre los que regresan a España durante algunos días de descanso.
Si las relaciones sociales de todo tipo, estuvieran engarzadas en la buena fe, podríamos decir, con toda verdad, que viviríamos en el mejor de los mundos posibles.
En un admirable prólogo del profesor Diez-Picazo, al ensayo de Franz Wieacker, titulado “El principio general de la buena fe”, afirma que aquella “no es ya un puro elemento de un supuesto de hecho, sino que engendra una norma jurídica completa”.
La posibilidad de que un empresario pueda exigir al trabajador una indemnización de daños y perjuicios causados por su dolo o negligencia, sigue siendo cuestión polémica en el aspecto jurisprudencial, dada la difícil unificación de criterios, habida cuenta de la diversidad de situaciones que se pueden presentar, sin olvidar la problemática de decidir la aplicación de la doctrina civilista o laboralista.
Nuestra Constitución de 1978, tras referirse a las funciones de los partidos políticos, que se centrarán en “expresar el pluralismo político, concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular y constituirse en instrumento fundamental para la participación política”, al señalar cómo ha de desarrollarse su actividad, precisa que “será libre dentro del respeto a la Constitución y a la ley”.
El Tribunal Supremo ha rectificado su doctrina sobre los contratos laborales temporales con la Administración a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Una duración superior a tres años para un contrato de interinidad por vacante se considera injustificadamente largo.
La juventud siempre rebosa de alegría, de ímpetu vital y de ansia de disfrutar la vida
La juventud goza/ de una vida amena…/ Mañana de junio/ la juventud fresca… Dice un encantador madrigal de Shakespeare.
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