Nuestros Tribunales vienen considerando necesario ante ciertas situaciones “atemperar la tipicidad de las normas para facilitar al operador jurídico una aplicación de aquella más ajustada a la proporcionalidad, pero sin llegar a eliminar la vulneración en otros casos”.
Esto se suele llevar a cabo utilizando el llamado “principio de insignificancia”, pues si la letra de la ley y el propósito del legislador debe respetarse, hay casos en que la realidad social se impone, y sea aconsejable tener en cuenta el concepto de “equidad”, que para los romanos era la medida a que debe adaptarse el Derecho y que está empapada de “benignitas” y “humanitas”.